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Baja por maternidad


Bueno, ya llegó el día, y nos enfrentamos a un montón de papeleo e instancias por rellenar... pero ¡aquí estamos nosotras para ponértelo fácil!

La 'baja por maternidad' es un período de descanso laboral legalmente establecido; es un derecho de las trabajadoras que dan luz (que también aplica en caso de adopción, acogimiento familiar y tutela) y que se traduce en España, en cobrar una prestación durante las 16 semanas ininterrumpidas que dura la misma.

El plazo se ampliaría dos semanas más por cada hijo en caso de parto múltiple o hijo discapacitado. Si el bebé es prematuro, la baja se prolonga durante el tiempo que el bebé permanezca en el hospital, hasta un máximo de 13 semanas más.

El cobro de la prestación exige estar afiliada la Seguridad Social y dada de alta en el momento de solicitarla, así como que se haya cotizado como mínimo 180 días en los últimos 7 años.

Tu médico de la Seguridad Social será quien te dé la baja por maternidad que deberás presentar en la oficina del Instituto Nacional de la Seguridad Social más cercana a tu domicilio junto con:

- la documentación que te haya dado tu empresa,

- el certificado de nacimiento del bebé que te hayan dado en el hospital,

- el DNI,

- la tarjeta de la Seguridad Social,

- el Libro de Familia actualizado con los datos del bebé,

- las últimas nóminas,

- copia de la última Declaración de Hacienda de IRPF,

- número de cuenta donde deseas que te realicen el ingreso de la nómina y

- el impreso de solicitud.

Pero no te agobies, ¡puedes autorizar a alguien para que haga estos trámites por ti!

Más información en el Instituto de la Mujer y para la Igualdad de Oportunidades

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